21 de octubre de 2025

Veri*Factu vs factura electrónica B2B: diferencias, plazos y obligaciones 2026

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Son dos obligaciones distintas. Veri*Factu regula cómo debe funcionar tu software de facturación y sus registros. La e-factura B2B regula qué documento intercambias y cómo reportas su estado (aceptada, pagada, etc.). Plazos clave: 01/01/2026 (sociedades, Veri*Factu) y 01/07/2026 (resto). La e-factura B2B arrancará 1 año después del reglamento para empresas >8M€ y 2 años para el resto. 




¿Qué es Veri*Factu y cuáles son sus requisitos 2026?


Veri*Factu

 Obliga a que tu sistema de facturación garantice integridad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros; añade código QR y la leyenda “VERI*FACTU / Factura verificable” cuando optas por enviar registros a la AEAT; contempla dos modalidades:

  • VERI*FACTU: envías todos los registros a AEAT (hash encadenado, sin firma obligatoria).


  • NO VERI*FACTU: conservas registros en tu sistema y, si te lo piden, los envías; aquí los registros van firmados electrónicamente además del hash. 

Factura electrónica B2B
Obliga a emitir/recibir e-facturas entre empresas y autónomos y a informar estados (aceptación, pago, rechazo). Interoperabilidad gratuita entre plataformas y acceso del cliente a sus e-facturas por 4 años. Las fases dependen del reglamento: >8M€ de facturación: al año; resto: a los dos años desde su aprobación. 

Traducción: Veri*Factu = el motor; e-factura = el papel (digital). Uno asegura que el motor no miente; el otro define el idioma del documento y su trazabilidad de cobro.




Plazos Veri*Factu 2026: fechas para autónomos y sociedades


  • Veri*Factu

    • 1 de enero de 2026: quienes están en Impuesto sobre Sociedades.

    • 1 de julio de 2026: resto de obligados (autónomos incluidos).

    • Fabricantes/comercializadores: 9 meses desde la OM técnica para ofrecer productos adaptados; AEAT tendrá habilitado el servicio de recepción en ese mismo plazo.

    • Excluidos: quienes ya están en SII (y ciertos supuestos de facturas expedidas por destinatario/tercero), según la modificación de 2025.


  • E-factura B2B (Ley 18/2022)

    • >8M€: 1 año tras el reglamento.

    • Resto: 2 años tras el reglamento. (Sí, depende de cuándo se apruebe).




Requisitos para Veri*Factu y factura electrónica 


Veri*Factu (software):

  • Encadenado de registros con hash; log de eventos; exporte estándar; QR en factura; “Factura verificable/VERI*FACTU” si envías registros.

  • Dos vías: VERI*FACTU (envío continuo) o NO VERI*FACTU (conservas y firmas registros; envío bajo requerimiento).

  • Declaración responsable visible del productor del software en cada versión.


E-factura B2B (documento y flujo):

  • Formato electrónico estructurado aceptado (interoperable).

  • Estados obligatorios de la factura (aceptada/rechazada, pagada).

  • Interconexión/interoperabilidad gratuitas entre soluciones.




Veri*Factu vs e-factura B2B: principales diferencias


Pregunta

Veri*Factu

e-factura B2B

¿Qué regula?

El sistema y sus registros

El documento y su ciclo

¿Documento afectado?

Cualquier factura (papel o e-factura) con QR

E-factura estructurada

¿Envío a AEAT?

Sí si eliges VERI*FACTU; si no, conservas y puedes remitir

No (es entre empresas; otra cosa es SII)

¿Firma de registros?

VERI*FACTU: solo hash; NO VERI*FACTU: hash + firma

N/A (aplica a la factura electrónica)

Fechas

01/01/2026 IS · 01/07/2026 resto

>8M: 1 año · Resto: 2 años post-reglamento






Errores comunes que te costarán sanciones


  1. “Ya cumplo, envío PDF.” PDF no es e-factura B2B.

  2. “Tengo ERP con histórico; sobra.” Falta hash encadenado, log y exporte estándar.

  3. No usar el texto “VERI*FACTU/Factura verificable” cuando optas por enviar registros.

  4. Ignorar la exclusión SII y sobrerregularte (o al revés).

  5. Dejar el reglamento B2B “para luego”: cuando salga, el >8M corre en 12 meses.




Checklist Veri*Factu y factura electrónica en 30 minutos


  • Pide al proveedor la declaración responsable (versión exacta del producto).

  • Revisa series y numeraciones (ventas, rectificativas).

  • Activa QR y comprueba que solo aparece “VERI*FACTU/Factura verificable” si envías registros.

  • Prueba el exporte estándar y una descarga de registros (simula un requerimiento).

  • Define política de eventos (quién toca qué y cuándo).

  • Mapea tu futuro flujo e-factura B2B (formato + estados + interoperabilidad). 




Preguntas frecuentes sobre Veri*Factu y la e-factura B2B


¿Es lo mismo Veri*Factu que la e-factura B2B?
No. Veri*Factu regula el sistema y sus registros (hash, logs, QR); la e-factura B2B regula el documento y sus estados entre empresas.

¿Cuándo me aplica Veri*Factu?
01/01/2026 (sociedades) y 01/07/2026 (resto). 

Estoy en SII, ¿qué hago?
Sigues excluido de Veri*Factu (con matices de facturas por destinatario/tercero). Mantén tus integraciones y controles. 

¿Cuándo será obligatoria la e-factura B2B?
Cuando salga su reglamento: >8M al año, resto a los dos años. 

¿Cuándo debo poner “VERI*FACTU / Factura verificable”? Solo si remites registros a la AEAT (modalidad VERI*Factu).