21 de octubre de 2025
Veri*Factu vs factura electrónica B2B: diferencias, plazos y obligaciones 2026
Son dos obligaciones distintas. Veri*Factu regula cómo debe funcionar tu software de facturación y sus registros. La e-factura B2B regula qué documento intercambias y cómo reportas su estado (aceptada, pagada, etc.). Plazos clave: 01/01/2026 (sociedades, Veri*Factu) y 01/07/2026 (resto). La e-factura B2B arrancará 1 año después del reglamento para empresas >8M€ y 2 años para el resto.
¿Qué es Veri*Factu y cuáles son sus requisitos 2026?
Veri*Factu
Obliga a que tu sistema de facturación garantice integridad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros; añade código QR y la leyenda “VERI*FACTU / Factura verificable” cuando optas por enviar registros a la AEAT; contempla dos modalidades:
VERI*FACTU: envías todos los registros a AEAT (hash encadenado, sin firma obligatoria).
NO VERI*FACTU: conservas registros en tu sistema y, si te lo piden, los envías; aquí los registros van firmados electrónicamente además del hash.
Factura electrónica B2B
 Obliga a emitir/recibir e-facturas entre empresas y autónomos y a informar estados (aceptación, pago, rechazo). Interoperabilidad gratuita entre plataformas y acceso del cliente a sus e-facturas por 4 años. Las fases dependen del reglamento: >8M€ de facturación: al año; resto: a los dos años desde su aprobación. 
Traducción: Veri*Factu = el motor; e-factura = el papel (digital). Uno asegura que el motor no miente; el otro define el idioma del documento y su trazabilidad de cobro.
Plazos Veri*Factu 2026: fechas para autónomos y sociedades
Veri*Factu
1 de enero de 2026: quienes están en Impuesto sobre Sociedades.
1 de julio de 2026: resto de obligados (autónomos incluidos).
Fabricantes/comercializadores: 9 meses desde la OM técnica para ofrecer productos adaptados; AEAT tendrá habilitado el servicio de recepción en ese mismo plazo.
Excluidos: quienes ya están en SII (y ciertos supuestos de facturas expedidas por destinatario/tercero), según la modificación de 2025.
E-factura B2B (Ley 18/2022)
>8M€: 1 año tras el reglamento.
Resto: 2 años tras el reglamento. (Sí, depende de cuándo se apruebe).
Requisitos para Veri*Factu y factura electrónica
Veri*Factu (software):
Encadenado de registros con hash; log de eventos; exporte estándar; QR en factura; “Factura verificable/VERI*FACTU” si envías registros.
Dos vías: VERI*FACTU (envío continuo) o NO VERI*FACTU (conservas y firmas registros; envío bajo requerimiento).
Declaración responsable visible del productor del software en cada versión.
E-factura B2B (documento y flujo):
Formato electrónico estructurado aceptado (interoperable).
Estados obligatorios de la factura (aceptada/rechazada, pagada).
Interconexión/interoperabilidad gratuitas entre soluciones.
Veri*Factu vs e-factura B2B: principales diferencias
Pregunta  | Veri*Factu  | e-factura B2B  | 
¿Qué regula?  | El sistema y sus registros  | El documento y su ciclo  | 
¿Documento afectado?  | Cualquier factura (papel o e-factura) con QR  | E-factura estructurada  | 
¿Envío a AEAT?  | Sí si eliges VERI*FACTU; si no, conservas y puedes remitir  | No (es entre empresas; otra cosa es SII)  | 
¿Firma de registros?  | VERI*FACTU: solo hash; NO VERI*FACTU: hash + firma  | N/A (aplica a la factura electrónica)  | 
Fechas  | 01/01/2026 IS · 01/07/2026 resto  | >8M: 1 año · Resto: 2 años post-reglamento  | 
Errores comunes que te costarán sanciones
“Ya cumplo, envío PDF.” PDF no es e-factura B2B.
“Tengo ERP con histórico; sobra.” Falta hash encadenado, log y exporte estándar.
No usar el texto “VERI*FACTU/Factura verificable” cuando optas por enviar registros.
Ignorar la exclusión SII y sobrerregularte (o al revés).
Dejar el reglamento B2B “para luego”: cuando salga, el >8M corre en 12 meses.
Checklist Veri*Factu y factura electrónica en 30 minutos
Pide al proveedor la declaración responsable (versión exacta del producto).
Revisa series y numeraciones (ventas, rectificativas).
Activa QR y comprueba que solo aparece “VERI*FACTU/Factura verificable” si envías registros.
Prueba el exporte estándar y una descarga de registros (simula un requerimiento).
Define política de eventos (quién toca qué y cuándo).
Mapea tu futuro flujo e-factura B2B (formato + estados + interoperabilidad).
Preguntas frecuentes sobre Veri*Factu y la e-factura B2B
¿Es lo mismo Veri*Factu que la e-factura B2B?
 No. Veri*Factu regula el sistema y sus registros (hash, logs, QR); la e-factura B2B regula el documento y sus estados entre empresas.
¿Cuándo me aplica Veri*Factu?
 01/01/2026 (sociedades) y 01/07/2026 (resto). 
Estoy en SII, ¿qué hago?
 Sigues excluido de Veri*Factu (con matices de facturas por destinatario/tercero). Mantén tus integraciones y controles. 
¿Cuándo será obligatoria la e-factura B2B?
 Cuando salga su reglamento: >8M al año, resto a los dos años. 
¿Cuándo debo poner “VERI*FACTU / Factura verificable”? Solo si remites registros a la AEAT (modalidad VERI*Factu).
